Estamos en una sociedad en la que no siempre como trabajadores conocemos, que tenemos derechos y que muchas veces existe una ley que nos ampara, deberíamos tener conocimiento de lo impuesto por la ley para cambiar lo que nos rodea cuando el trato es hostil y ver que resultados podremos tener a pesar de la subyugación en la que vivimos sólo por la “amenaza” de quedarnos sin empleo, para eso primero debemos definir cuál es el concepto de trabajo, según la LEY N° 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/1976 es “toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración.” De esta forma este contrato de trabajo tiene como fin: “ la actividad productiva y creadora del hombre en sí. Sólo después ha de entenderse que media entre las partes una relación de intercambio y un fin económico en cuanto se disciplina por esta ley”.
El contrato se aplicara no importa donde se haya celebrado si dentro o fuera del país. En el mismo existen dos actores denominados «empresa» quien es la organización que posee una dirección destinada a lograr la ejecución de logros económicos y el “empleado” quien pone al servicio de la empresa su fuerza laboral a cambio de una remuneración.
Existen diferentes tipos de contratos de trabajo, tales como:
Prueba el mismo se da por un periodo de 3 meses para luego establecer una Indeterminación del plazo y por último Contrato de Trabajo a tiempo parcial donde el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad.
Siempre existirá contrato de trabajo cuando una persona física se obligue por si misma a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración como antes mencionado.
También vamos a definir quienes pueden ser contratados, mayores de 18 años quienes pueden comenzar a trabajar formalmente o a modo de pasantía en empresas, utilizada para jóvenes desocupados la misma es una herramienta valiosa para la adquirir conocimientos que faciliten la inserción en el mercado de trabajo a estudiantes. El pasante tendrá derecho a percibir una compensación en forma de dinero de carácter no remuneratorio.
A lo largo de la vida laboral también se suceden diferentes situaciones tales como:
Suspensión de las labores, ya sea por enfermedad y accidentes del trabajo, debiendo tener como trabajador y empresa una Art (Aseguradora de Riesgo de trabajo) la misma tiene como fin en caso de un accidente, e interviene para “devolver al trabajador su condición inicial, antes del accidente”
Cuando se da la Extinción del Contrato de Trabajo , debe haber causa justa tal como incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones que tiene como trabajador, también el trabajador se puede considerar despedido por acoso del empleador, falta de pago, falta de elementos de protección, o cualquier acto del empleador que afectara su dignidad personal. En el supuesto que sea el trabajador que se considera despedido, deberá percibir una indemnización equivalente a la indemnización sin justa causa.
Si se despide sin causa ni motivos que lo justifiquen el empleador deberá abonar al trabajador sin perjuicio del preaviso, si lo hubiere omitido, una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio, tomando como base la mejor remuneración mensual percibida durante el último año.
A lo largo de esta relación laboral se encuentran diferentes derechos y deberes de las partes involucradas tales como:
Obligación genérica de las partes las cuales estan expresadas previamente en el contrato, el empleado debe poder, organizar, direccionar, además de imponer disciplina en caso de que se deba aplicar, también se debe dar seguridad al empleado para que pueda desempeñar sus funciones correctamente además proveer de herramientas de trabajo para facilitar su actividad.
Por último se puede terminar la relación laboral por jubilación del trabajador, en donde el empleador a intimar al trabajador a que inicie los trámites para obtener un beneficio previsional cuando cumpla los requisitos necesarios para ello: esto es, que tenga la edad y años de aporte (30 años de aportes y 60 ó 65 años de edad para mujeres u hombres, respectivamente). A tal fin deberá suministrar la documentación necesaria (certificado de trabajo) Para que su empleado pueda iniciar sus trámites”
De estas formas se da la vida laboral del trabajador y es bueno conocer en qué consiste aquello que hacemos y no conocemos.