TRABAJO PRACTICO
“REGIMEN LEGAL”
Consigna:
- Describir un ATAC dentro de los delitos previstos en el código aduanero.
Relato del conflicto
A través de los controles y patrullajes dispuestos por el Ministerio de Seguridad de la Nación, para combatir el delito, efectivos de Prefectura Naval Argentina secuestraron mercadería de origen ilegal y cartones de cigarrillos sin aval aduanero valuados en más de 790 mil pesos en Puerto Iguazú.
El procedimiento está enmarcado en el Operativo Conjunto Abierto de Frontera Misiones (OCAF), y tuvo lugar en el “Paraje Colmina” (kilómetro 1926 del río Paraná) cuando una patrulla de la Fuerza detectó una camioneta cargada de bultos en dirección al casco urbano de la ciudad.
Ante la presunción de encontrarse frente a un ilícito los agentes policiales iniciaron una persecución logrando interceptar al vehículo con dos personas a bordo.
Se realizaron las requisas correspondientes a los bultos transportados y se constató la presencia de mercadería de contrabando.
Se trataba de un cargamento con 900 cartones de cigarrillos de industria paraguaya, 350 camperas, 30 sweaters y 1500 juguetes.
Tentativa de Contrabando
El artículo 871 del Código Aduanero define la tentativa del mismo modo en que lo hace el Código Penal, según los cuales incurre en tentativa de contrabando el que, comienza su ejecución pero no lo consuma por circunstancias ajenas a su voluntad. Se supone la frustración del delito por circunstancias ajenas a quien comenzó a ejecutarlo, porque si no se lo consuma por voluntad del propio comitente se trataría de un acto preparatorio no punible.
El artículo 872 se aparta del Código Penal y disponer que la tentativa de contrabando será reprimida con las mismas penas que corresponden al delito consumado. Simplifica la tipificación, ya que no hay distinción entre el delito consumado y el delito en grado de tentativa.
El artículo 873 considera como supuesto especial de tentativa de contrabando la introducción a recintos sometidos a control aduanero de bultos que, individualmente o integrando una partida, contuvieran en su interior otro u otros bultos con marcas, números o signos de identificación iguales o idóneos para producir confusión con los que ostentare el envase exterior u otros envases comprendidos en la misma partida.
El responsable será reprimido con la pena que correspondiere al supuesto de contrabando que se configurare.
Analisis del ATAC
Acción:
Tentativa de contrabando al ingresar mercadería de origen ilegal y cartones de cigarrillos. Se entiende que es una acción con DOLO, ya que hubo intenciones de que se cometiera el delito.
Tipicidad:
El artículo 871 del código aduanero define la tentativa de contrabando del mismo modo que lo hace el código penal, incurre en dicho delito quien comience su ejecución pero no lo consuma por circunstancias ajenas a su voluntad.
El artículo 872 se aparta del código penal y dispone que la tentativa de contrabando se reprimida con las mismas penas que corresponde al delito consumado.
Por ende según lo estipulado en el artículo 863 del código aduanero se le aplicara al importador que intenta realizar el contrabando una pena de 6 a 8 años de prisión.
No es un acto anti Jurídico por ende debe cumplir con la pena.
Por ende según lo estipulado en el código aduanero y el accionar del importador en el hecho mencionado en el relato, este deberá cumplir una pena de 6 a 8 años de prisión por tentativa de contrabando de mercadería de origen ilegal y cartones de cigarrillos, el cual fue frustrado por el servicio aduanero.