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FERNANDO LADRON. DERECHO LABORAL. LEY CONTRATO DE TRABAJO. ARTICULO 14 BIS

El articulo 14 bis ofrece protección a los trabajadores a través de diferentes leyes que garantizan la seguridad hasta  en los diferentes tipos de trabajos   como los domésticos, rural, construcción, además de las condiciones dignas de trabajo, garantizando la igualdad de condiciones y la seguridad e higiene  que todo trabajador debe contar en cualquier trabajo; en cuanto a tareas insalubres o riesgosas.

En cuanto a la jornada limitada, descanso semanal, vacaciones pagas, debe haber una adecuada proporción entre el tiempo trabajado y el tiempo que posee el trabajador para descanso, esparcimiento,  capacitación y vacaciones que aunque no asista a trabajar percibe remuneración, como así también una retribución justa y salario mínimo vital y móvil, que significa que el mismo no  debe ser menor que lo que le permita al trabajador satisfacer sus necesidades básicas y  móvil que se refiere a que se ajusta para no  perder su poder adquisitivo.

La participación de las ganancias de las empresas, no solo deben interesar al empleador, sino al empleado que también forma parte de la misma.

Protección contra el despido arbitrario por eso se cuenta con una indemnización en caso de cesantía, cuando solo parte del empleador y la estabilidad el empleado público.

Debe existir una organización sindical libre y democrática, es decir la libertad de todo empleado de afiliarse o no a un gremio  y las autoridades del mismo que se eligen a través de votación secreta y libre  por eso es democrática.

El seguro social es obligatorio y responde al seguro y la previsión. La jubilación   se otorga a una persona por haber cumplido con un tiempo trabajado por ella misma  y cumpliendo  determinados requisitos  como el mínimo de edad. La pensión que  es el beneficio que deriva de la jubilación a favor de los familiares de la persona jubilada o con derecho a la jubilación, la cual es  proporcional a la remuneración que percibía la persona  y además  móvil.

La compensación económica  familiar que se refiere a diversas prestaciones además del salario que se destina a la subsistencia de la  familia del trabajador que están a su cargo   para las que tienen obligaciones alimenticias,  a través del salario familiar y la asignación familiar .

El acceso a una vivienda digna que por medio del estado garantice condiciones económicas y créditos para que puedan  ejercer ese derecho.

Siguiendo el análisis del artículo  14 bis podemos decir que se cumplen las leyes que aseguran la protección del trabajador, como vacaciones, aguinaldo, indemnizaciones, despido arbitrario, asignaciones, además  del  respeto  a los sindicatos y al derecho a huelga. Según el contrato de trabajo la norma más favorable siempre será para el trabajador.

Pero lo que no se contempla, es  la seguridad  social del empleado ya  que existe discriminación  de los trabajadores de provincia y capital,  como así también de sexo, por  los  sueldos que perciben, falta de seguridad para los trabajos insalubres y las horas excesivas de trabajo. Son algunos de los  artículos que son violados en el Contrato de Trabajo.

La existencia aún en día, de trabajo  en negro, despidos arbitrarios y la falta de la actualización del salario, no cumpliéndose  con el salario vital y móvil llegando a la conclusión que responden a la ausencia de un estado característico  de políticas neoliberales, que como consecuencia provocan  un incremento en la canasta familiar y los impuestos. Sumando menos ofertas de trabajo, despidos  y la aparición  de los nuevos pobres o sea la clase media que queda sin trabajo.

Así una gran porción de  la población queda privada de sus derechos, debiendo acceder a trabajos en negro, con exceso de horas de trabajo, falta de normas de seguridad e higiene que debe aceptar para no perder el empleo.

Además de no poder, de esta forma, garantizar su seguridad para  cubrir sus necesidades básicas (alimentación, vestimenta, salud, educación) y el acceso a una vivienda digna.