Este régimen habla que las muestras son objetos que representa una categoría de mercaderías determinadas ya producidas, que solamente son exclusivas para exhibiciones y demostraciones para terminar operaciones con el fin comercial, para eso seria que el fabricante de la mercadería muestra el productos a futuros compradores , ya sea por su calidad, rendimiento y durabilidad del mismo. Cuando se pretenda importar y exportar muestras, según este régimen, esta librado del pago de tributos, el servicio aduanero puede exigir o disponer que se proceda mediante la colocación de marces indelebles, cortes, perforaciones, sellos u otros procedimiento que demuestre que demuestre que es una muestra y no se comercialice el producto entregado como muestra. Para la posesión o tenencia del producto tiene un plazo de 2 años para que fijaren la reglamentación.
En resumen se podría decir que este régimen explica que las muestras se utilizan mucho para saber acerca de los productos, (ya sea por su fabricación, calidad y por su rendimiento), para su comercialización ya sea local o como internacional y también dice este régimen que ya sea una muestra el objeto a exponer solamente sirve para su observación no para su comercialización, por eso el servicio aduanero le coloca una marca,(corte, marca, sello, ect), al producto, para que no evadan el pago de tributos que es un delito evadirlo.