El origen del comercio se pierde en las nebulosidades de los siglos,pues reducido al acto de cambio directo, o trueque de unas cosas por otras, se remonta a tiempos bíblicos, por que estos primeros hombres que poblaron la tierra, no pudieron vivir en absoluto aislamiento.
Pero si consideramos el comercio desde un punto de vista mas amplio,o sea desde que varias personas se dedicaron exclusivamente a el, constituyendo la profesión de mercaderes, entonces su origen debe buscarse en las épocas posteriores, los pueblos antiguos traficaron unos con otros en mayor y menor grado y el comercio surgió en todos ellos a la vez
Por efecto de una serie de causas que convirtieron este ejercicio en una necesidad indeclinable, sin que pueda atribuirse a ninguno en particular la gloria de haberle inventado .
No obstante se hace preciso reconocer que por su espirito mercantil o por la importancia de su trafico hubo algunos que se distinguieron sobre todos los demás, merecen especial mención la india, el Egipto, la Fenicia, Grecia y Roma
Desde entonces,con los diferentes hechos sucedidos durante el transcurso de la historia sumado a cambios ideológicos, se han creado todo tipo de normas, acuerdos etc,, para facilitar el comercio y para la integración entre distintos países
Cuando la integración económica aumenta, las barreras al comercio entre mercados disminuyen.
Para todo esto se ha buscado durante el siglo xx, la creación de una estructura que concentre las normas necesarias para mejorar el comercio internacional, en la actualidad, la Organización Mundial Del Comercio(OMC)se ha encargado de regular la actividad del comercio internacional y de sancionar, aplicar y cuestionar los distintos tipos de acuerdos bilaterales, multilaterales entre países
Paradójicamente , así como la globalización fue aumentando el hecho de que exista un mundo integrado , sobre todo en materia de comercio, los mismos estados se han dedicado a ponerle trabas al mismo.
Generalmente , estas medidas son Proteccionistas, y buscan restringir el ingreso de determinadas mercaderías a los países
Así sea para fomentar y aumentar la producción nacional, o restringir el ingreso de mercaderías que no pudiesen cumplimentar con los estándares de calidad que el país requiere, sea por el motivo que fuere
Un ejemplo de medidas restrictivas son las DJAI, que según el Gobierno anterior, eran un instrumento clave en la administración del comercio exterior
Las DJAI
La Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI), fue un instrumento creado por la AFIP mediante su Resolución 3252/12, con el objeto de establecer un régimen de información que se aplicara a todas las destinaciones de importación definitiva. A su vez esto permitiera que toda la información que se haya registrado quede a disposición de los Organismos que adhieran a este mecanismo.
La operativa de la DJAI básicamente consistía en que los importadores, antes de emitir la Nota de Pedido, Orden de Compra o documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compras en el exterior, deban producir dicha información, relacionada con las destinaciones definitivas de importación para consumo. De lo expuesto surge que este es un régimen que alcanza a aquellos sujetos que sean importadores y que deseen realizar importaciones definitivas para consumo al territorio argentino.
Las DJAI debían ser autorizadas por las secretarías de Comercio Exterior e Interior, no tenían fecha máxima para su aprobación -como si la tenían las licencias no automáticas de importación- y por eso algunas descansaban sobre los escritorios, mails y cajones
Entre las más perjudicadas estaban las PYME, según explicó, en alguna ocasión el director de relaciones institucionales de la Cámara de Importadores, quien aseguró que “las grandes empresas por lo general no tenían mayores problemas”.
A algunas empresas les eran demoradas las declaraciones, DJAI; en especial empresas que usan las importaciones como insumos para la producción, era para ellos, una odisea alcanzar y concluir una importación
Durante su duración el país fue sancionado en varias oportunidades por la OMC,intimando a que las eliminara
El fallo de la OMC, adoptado en enero de este año, refiere a controversias planteadas por separado por Estados Unidos, Japón y la Unión Europea.
El organismo multilateral consideró que tanto el régimen de DJAI como otros requisitos fijados para importadores, denominado Prescripciones Relacionadas al Comercio (PRC), constituyen “una restricción a la importación de mercaderías” y, por lo tanto, son “incompatibles con el párrafo 1 del artículo XI del GATT de 1994?, la normativa general que rige el comercio internacional de los países miembros de la OMC, entre otras cuestiones.
Mas allá de que existan medidas proteccionistas, en las controversiales DJAI, la manera que se implementaron, como se desarrollaron y aplicaron durante su duración, perjudicaron y complicaron de manera sustancial al comercio exterior.
Fuente
- El cronista, jueves 24 de septiembre de
- http://www.telam.com.ar/notas/201501/92061-la-omc
- http://www.lanacion.com.ar/1760577-nuevo-fallo-de-la-omc-contra-la-argentina