En el presente informe se hará referencia al contrato de transporte, veremos que es, cuando lo usamos y la reforma en el código civil y comercial.
El contrato de transporte es un acuerdo voluntario por el cual una empresa de transporte, se compromete a transportar personas o cosas, de un sitio a otro, a cambio de un precio, este acto es el que nos lleva a celebrar este contrato. Se puede dividir en el traslado de cosas y en el traslado de personas.
Características del contrato de transporte
Es un contrato que está regulado en la ley.
Es nominado: tiene un nombre determinado.
Es bilateral: se obliga tanto el cargador como el porteador.
Es oneroso: ambas partes perciben las utilidades y cada parte se grava a beneficio de la otra.
Es conmutativo: las obligaciones de las partes son equivalentes.
Partes que intervienen
Porteador, transportador o transportista: Es el que contrae la obligación.
Cargador, expedidor, remitente o consignante: Es el que por cuenta propia o ajena encarga la conducción de personas o mercadería al portador.
Consignatario o Destinatario: es la persona a quien se envían las mercaderías. Una misma persona puede ser a la vez cargador y consignatario.
Obligaciones del porteador son: recibir la mercadería, emprender el viaje, custodiar y conservar la carga , entregar la carga al consignatario y el porte
Sus Derechos son: el cobro del porte o flete
Obligaciones del cargador son: entregar la mercadería al porteador , suministrar los documentos y pagar el flete convenido.
Sus derechos son : la ejecución de la prestación convenida, el Derecho a dejar sin efecto el contrato y el derecho de preferencia.
Obligaciones del consignatario son: otorgar recibo de las mercaderías y pagar el porte o flete y los gastos que haya cometido.
Traslado de cosas
El contrato de transporte de cosas es La entrega de la cosa es el acto mediante el cual se le confía al porteador la cosa que va a transportar. La entrega de la cosa, es el presupuesto para que el contrato se realice, no para que se formalice. Se refiere al momento de ejecución del contrato y no al de celebración del mismo.es momentánea, ya que sólo se limita a la consignación de la cosa al porteador.
Este contrato se lleva a efecto mediante la carta de porte, que es un documento en el cual las partes fijan el acuerdo del transporte y Una vez estipulada la carta de porte, un ejemplar le corresponde al cargador y otro al porteador.
Debe contener los siguientes requisitos:
- El nombre, apellido y domicilio del cargador o remitente, del porteador y del consignatario.
- La naturaleza, peso, medida o cantidad de los objetos que se remiten y si están embalados o envasados; también la especie de embalaje o envase y los números y marcasde éstos.
- El lugar del destino o donde ha de hacerse la entrega.
- El plazo en que ella ha de efectuarse.
- El precio del porte.
- La indemnización a cargo del porteador por algún retardo, si se estipulare, y cualesquiera otros pactos y condiciones que acordaren los contratantes.
Traslado de personas:
El contrato de transporte de personas es aquel que tiene por objeto el desplazamiento en el espacio de seres humanos dotados de inteligencia y voluntad. El transporte de los restos de una persona no es considerado transporte de personas. El acreedor es en todo momento el pasajero y cooperación es permanente durante todo el tiempo que dure el viaje.
En esta celebración del contrato se puede extender un boleto detallando datos y detalles sobre el recorrido: como fecha, hora, y el precio.
DIFERENCIAS DEL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL (Art.1280-1318) Y EL CODIGO COMERCIAL DEROGADO (Art.162-204)
En el nuevo código civil y comercial, podemos observar que se comienza a hablar sobre la definición del contrato de transporte en el Art.1280
Las diferencias principal que podemos notar, es la separación en el nuevo ccyc está dividido en:
-transporte
-transporte de personas
-transporte de cosas
En la sumatoria de estos artículos podemos observar detalladamente por ejemplo la definición de este contrato, el ámbito, plazo, las partes obligadas, responsabilidades, comienzo y fin del transporte , carta de porte, obligaciones y derechos del portador , del cargador y del destinatario, entrega ,perdida, etc. Estos se encuentran separados, bien detallados, mientras que en el código comercial derogado se puede observar que esta todo unificado en:
-Contrato de transporte ( Art. 162 – 163 – 164 )
-carta de porte (Art. 165 – 166-167-168-169-170-171-172-173-174-175-176 )
-responsabilidad (Art. 184-185-186-187-188-199-204)
Siendo así más difícil la comprensión para el ciudadano, puesto que se torna más confuso a la interpretación.
En este trabajo se investigó sobre la composición, las partes, que intervienen y para qué sirve el contrato de transporte, comparando también la forma en que estaban presentados los artículos de dicho contrato en el código civil y comercial y el código comercial denegado.
La reforma que hubo fue satisfactoria, es una ventaja poder entender con más facilidad los artículos, estando separados, detallados y de fácil lectura.
Mi opinión y conclusión personal es que muchas veces no nos damos cuenta, pero como aquí vimos, hasta con el simple hecho de tomar un colectivo, ya estamos celebrando un contrato.