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Mercancias Idénticas y Mercancías Similares

Mercancías idénticas

Según la Ley Aduanera: Son aquellas producidas en el mismo país que las mercancías objeto de valoración que sean iguales en todo, incluidas sus características físicas, calidad, marca y prestigio comercial. Las pequeñas diferencias de aspecto no impedirán que se consideren como idénticas las mercancías que en todo lo demás se ajusten a lo anteriormente como “Doctrina”: Aquellas que corresponden al mismo modelo, marca y fabricante.

Para poder establecer la identidad de una mercancía con otra se deberá tener en cuenta:

Orden de prelación para aplicar este método:

 

Acuerdo sobre Valoración Aduanera: El valor se determinará de la siguiente manera:

 Ley Aduanera:

Documentación exigible para el valor de transacción de mercancías idénticas.

 Ejemplo de Mercancía Idéntica: Dos televisores de marca “Samsung” de 24 pulgadas, los dos deben ser exactamente iguales.

MERCANCÍAS SIMILARES

Según la LEY ADUANERA, LAS MERCANCÍAS SIMILARES SON:

Requisitos que deben cumplir las Mercancías  para considerarse Similares:

 

Ejemplo de Mercancía Similares: Un televisor de 24 pulgadas marca “Samsung” y otro de otra marca.