No podrán desempeñarse como agentes de transporte aduanero quienes no estuvieren inscriptos como tales en el Registro de Agentes de Transporte Aduanero, con la indicación de la vía o vías de transporte correspondientes.
Son requisitos para la inscripción en este Registro cuando se tratare de personas de existencia visible:
- A) ser mayor de edad, tener capacidad para ejercer por sí mismo el comercio y estar inscripto como comerciante en el Registro Público de Comercio.
- B) haber aprobado estudios secundarios completos y acreditar conocimientos específicos en la materia en la forma que a tal fin se estableciere.
- C) acreditar domicilio real y constituir domicilio especial en el radio urbano de la aduana en la que hubiere de ejercer su actividad.
- D) acreditar la solvencia necesaria y otorgar a favor de la Administración Nacional de Aduanas una garantía, en seguridad del fiel cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con lo que determinare la reglamentación.
- E) No estar comprendido en alguno de los siguientes supuestos:
* Haber sido condenado por algún delito aduanero o por la infracción de contrabando menor.
* Haber sido socio ilimitadamente responsable, director o administrador en cualquier sociedad o asociación cuando la sociedad o la asociación de que se tratare hubiera sido condenada por cualquiera de los ilícitos mencionados en el punto 1º). Cuando hubiese sido condenado por la infracción de contrabando menor, la inhabilidad se extenderá hasta CINCO (5) años. Se exceptúa de esta inhabilitación a quienes probaren haber sido ajenos al acto o haberse opuesto a su realización.
* Haber sido condenado por delito reprimido con pena privativa de la libertad. Exceptuándose los delitos contra las personas, el honor, la honestidad y el estado civil, cuando la sentencia hubiera concedido el beneficio de la ejecución condicional de la pena.
* Estar procesado judicialmente o sumariado en jurisdicción aduanera por cualquiera de los ilícitos indicados en los puntos 1 y 3, mientras no fuere sobreseído provisional o definitivamente o absuelto por sentencia o resolución firme.
Dicha función, más que necesaria a los fines de aliviar el trabajo del servicio aduanero, se encuentra perfectamente reglamentada en la Ley 22.415 (Código Aduanero).
El del Agente de Transporte es un sector de mucha importancia en lo que a fuentes de empleo se refiere, sobre todo en fronteras del interior del país en donde no existen industrias, tales como las fronteras con Brasil, por ejemplo la Ciudad de Paso de los Libres, en la provincia de Corrientes, donde la función de Agente de Transporte Aduanero y de sus dependientes es la más importante de las fuentes de empleo que existe en el sector productivo de la población.