25 abril, 2024

 

Las operaciones de transbordo son aquellas mediante las cuales el servicio aduanero permite que toda o parte de la mercadería transportada transborde a otro medio de transporte, siempre que se encontrare incluida en la declaración de la carga y no hubiere sido aún descargada.

Actualmente las operaciones de trasbordo de mercaderías arribadas al territorio aduanero por la vía acuática son declaradas en el Sistema Informático MARIA (SIM) mediante dos procedimientos:

– si no ha transcurrido el plazo determinado por el Código Aduanero de 15 días hábiles desde el arribo del medio transportador, mediante la  Declaración  Sumaria de Trasbordo (TRAB); y

–       si este plazo ya ha operado, mediante la Solicitud de Transbordo – OM 1957 con  el pago de  la multa 1% del valor en aduana de la mercadería.

A fines de 2010 la AFIP, mediante la Resolución General Nº 2964, implementó los “Códigos AFIP” para el registro de declaraciones aduaneras en el SIM que por sus particularidades deben realizarse en forma simplificada.

Con la publicación de la Resolución General Nº 3433 este organismo unifica la forma de declarar estas operaciones incorporándolas al SIM mediante la utilización de un “Código AFIP”.

Una novedad es que los movimientos terrestres de las cargas que transiten al amparo de estas declaraciones estarán sujetas al control mediante Precintos Electrónicos de Monitoreo Aduanero (PEMA).

Esta resolución entró en vigencia a partir del 15/3/2013, inclusive, excepto lo relacionado a los precintos electrónicos, cuya implementación se efectuará conforme al cronograma que establecerá la AFIP.

En la actualidad se esta apostando en cambios e inversión en los puertos, de esta manera podremos agilizar todo lo referido a las operaciones en la aduana apostando así a enfrentar los problemas  y las irregularidades que suceden en el día a día, incluyendo en estos operaciones de trasbordo.

Las mejoras en las terminales portuarias deben estar acompañadas por una mayor facilitación en el ingreso y egreso de cargas.

Para que el resultado sea el esperado, las operaciones de comercio exterior requieren de una cuidadosa planificación en distintos aspectos. A pesar de esto, siempre hay factores no controlables que pueden generar costos no contemplados, usualmente muy significativos, como el de las terminales portuarias.

Recientemente se han anunciado inversiones en el puerto de Buenos Aires, donde funcionan tres terminales, que contemplan un nuevo diseño para darles más capacidad y tecnología, permitiendo una mayor rotación y competitividad.

Sin embargo, poner la mirada exclusivamente en ampliar los puertos puede implicar una solución parcial ya que si no se trabaja sobre los factores que ralentizan la entrada y salida de las cargas de las terminales, se podría terminar en una situación peor a la actual.

 

Instrumentar una herramienta para que el usuario pueda revisar en línea los conceptos que la terminal incluirá en su factura final y facilitar el pago electrónico, evitando apuros y el uso de cheques. Así se reducirían los reclamos a la AGP por pagos indebidos, realizados comúnmente cuando la carga se encuentra sobre camión aguardando su salida.

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